Protocolo para el Uso Responsable de Teléfonos Celulares y/o Dispositivos Tecnológicos Liceo Bicentenario Manuel Montt de San Javier
- Definiciones y Marco Legal
- Dispositivo móvil:Todo aparato electrónico con acceso a internet, captura de imagen/audio o funciones de comunicación (teléfonos celulares, relojes inteligentes, tablets y similares). Quedan fuera del ámbito de esta regulación los dispositivos institucionales destinados al uso pedagógico.
- Marco Legal:Se rige por la Ley 21.801 (Ley “No Chat en Clases”) que prohíbe el uso de dispositivos en aula, y la Ley General de Educación sobre convivencia escolar.
- Regulación del Uso (Espacios y Horarios)
- Prohibición General:Para Directivos, profesores, funcionarios, alumnos de 1° a 4° año EM y apoderados de nuestro establecimiento, queda prohibido el uso de dispositivos en la sala de clases, durante el periodo lectivo.
- Los dispositivos móviles o celulares y cualquier otro aparato tecnológico deberán permanecer apagados y guardados durante la realización de las clases lectivas correspondientes a las 42 horas semanales.
- Funcionarios:Docentes y asistentes no podrán utilizar sus celulares personales frente a los alumnos en horas de clase, salvo para fines administrativos o emergencias, actuando como referentes de la normativa.
- Los docentes directivos y técnicos pedagógicos, en atención a sus responsabilidades y la naturaleza de su función profesional podrán hacer uso de sus dispositivos en el ejercicio de sus funciones técnicas y administrativas, mientras no existan dispositivos institucionales de comunicación.
- Excepciones y Autorizaciones
- NEE:Alumnos con Necesidades Educativas Especiales que requieran el dispositivo para su aprendizaje o comunicación.
- Salud:Monitoreo médico (ej. sensores de glucosa).
- Pedagógico:Actividades curriculares planificadas por el docente.
- Emergencia:Desastres naturales o catástrofes, accidentes.
- Seguridad Personal:Solicitud fundada del apoderado por escrito ante la Dirección (uso temporal y controlado).
Por expresa instrucción del Director, las excepciones 1 y 2 deberán ser acreditadas por el apoderado del o la estudiante a través de un certificado emitido por un profesional competente y autorizado por la UTP. La autorización quedará consignada mediante registro en el Libro de Clases. La excepción N° 3 estará sujeta a una planificación curricular previa que incluya el uso de celulares o dispositivos móviles la que deberá ser revisada y autorizada por la UTP del establecimiento. Las excepciones N° 4 y 5 deberán ser estudiadas y autorizadas por Inspectoría General del establecimiento.
- Responsabilidades
- Estudiantes:Conocer y Respetar la normativa y resguardar sus pertenencias.
- Apoderados:Corresponsabilidad total. Deben educar en el uso responsable de los dispositivos móviles.
- Docentes/Asistentes:Desarrollo de un rol formativo, Modelar y Supervisar el cumplimiento. Reportar situaciones de incumplimiento.
- Gradualidad de Sanciones por Incumplimiento
En cualquier situación de incumplimiento, el Profesor o profesora solicitará al alumno o alumna que apague y guarde el dispositivo móvil inmediatamente para dar continuidad a la clase o taller.
- Primer Incumplimiento:Advertencia verbal y registro en la hoja de vida.
- Segundo Incumplimiento:Registro en la hoja de vida. Citación al apoderado. Firma de compromiso de no reincidencia. (Suspensión de 1 a 3 días).
- Tercer Incumplimiento: Citación al apoderado. Aplicación de sanciones por falta gravísima (Suspensión de 3 a 5 días).
- No acatar la instrucción del profesor o profesora, cuando se solicite que apague y guarde su dispositivo móvil, se considerará una falta gravísima porque no solo vulnera la normativa, sino que interrumpe y afecta el proceso pedagógico de todos los demás estudiantes. Se aplicarán las sanciones correspondientes al grado de falta gravísima. (suspensión de 3 a 5 días, condicionalidad, cancelación de matrícula, expulsión).
- Uso con daño (Cyberbullying o grabación sin consentimiento):Aplicación inmediata de protocolos de convivencia escolar, con posibilidad de suspensión según el RICE. El colegio no se hace responsable por daños o pérdidas de dispositivos no autorizados.
- Recreos:El Liceo fomentará la interacción social y buena convivencia escolar. Promoverá recreos activos (deportes, juegos recreativos, de mesa, presentaciones y música).
- El uso personal de dispositivos móviles: Solo se permitirá durante los recreos y en zonas delimitadas de “conectividad responsable” (patios abiertos y áreas verdes).
- Estrategias Preventivas y Ciudadanía Digital
- Currículum:Incorporación de talleres de Ciudadanía Digital en las horas de Orientación (prevención de grooming, sexting y adicción a pantallas).
- Capacitación:Jornadas semestrales para padres y funcionarios sobre el impacto del uso de pantallas en el desarrollo adolescente.
- Recreos y promoción de buena convivencia:Implementación de mini-torneos deportivos, recreativos, actividades musicales, presentaciones artísticas y rincones de juegos de mesa para reducir la dependencia digital.
- Comunicación y Fiscalización
- Difusión:Publicación en el sitio oficial del Liceo, envío por correo electrónico y lectura en reuniones y consejos de funcionarios, alumnos y de apoderados.
- Fiscalización:La Superintendencia de Educación puede sancionar al establecimiento con multas si no cuenta con este protocolo actualizado en su Reglamento Interno (RICE).




